Un conflicto no siempre tiene que terminar en juicio.
Busca una solución mediante conciliación extrajudicial, con un procedimiento claro, neutral y confidencial.
No tienes que saber Derecho para empezar. Identifica la situación que más se parece a tu problema.
Estas son algunas de las materias que pueden tramitarse mediante conciliación. La procedencia se evalúa de acuerdo con la pretensión y las circunstancias de cada caso.
Conforme a la Ley N.° 32069 y su Reglamento vigente.
Consultar procedencia →Te orientaremos sobre la forma de atención que corresponde a tu procedimiento.
Atención en la sede del Centro de Conciliación ESIPEC en San Isidro.
Consultar atención presencial →Participación mediante videoconferencia conforme a las condiciones aplicables al procedimiento.
Consultar atención virtual →Canal digital para la presentación de solicitudes y documentos del procedimiento conciliatorio.
Recibir orientación →Conoce el costo aplicable al procedimiento.
Ver tarifario →Revisa la información necesaria para iniciar.
Ver requisitos →Resolvemos las dudas más comunes.
Ver preguntas →Consulta tu caso antes de iniciar.
Hablar por WhatsApp →Conoce el costo antes de iniciar tu conciliación.
Alimentos, tenencia, régimen de visitas y otras materias familiares conciliables.
Contratos, deudas, desalojos, bienes, indemnizaciones y obligaciones.
Controversias comerciales que pueden resolverse mediante conciliación.
Pretensiones conciliables sin un monto económico determinado.
Un procedimiento ordenado desde la orientación inicial hasta la emisión del acta.
Revisamos contigo el problema y la materia.
Presentas los datos y documentos necesarios.
El Centro revisa la información presentada.
Se invita a la otra parte a participar.
El conciliador facilita el diálogo.
Se documenta el resultado del procedimiento.
Los documentos específicos dependen de la materia, pero normalmente necesitamos esta información básica.
Información de identificación del solicitante.
Información que permita identificarla y ubicarla.
Una descripción clara de los hechos y de lo solicitado.
Contratos, partidas, recibos u otros documentos según el caso.
Un espacio institucional para facilitar el diálogo y la búsqueda de acuerdos mediante conciliación extrajudicial.
Ver ficha en el Directorio →No constituye un requisito general acudir con abogado a una conciliación extrajudicial.
La audiencia puede desarrollarse mediante medios electrónicos cuando correspondan las condiciones aplicables al procedimiento.
El Centro deja constancia de las asistencias y actúa conforme a las reglas del procedimiento.
El resultado queda consignado en el acta correspondiente.
Sí. Puedes explicar primero tu caso para recibir orientación sobre la materia y los requisitos.
Antes de iniciar puedes consultar la tarifa correspondiente al procedimiento que necesitas.
Cuéntanos qué necesitas resolver y te orientaremos.